Sanciones al abandono de animales, la dictación de ordenanzas municipales y prohibición de la eliminación como método de control de población, son algunos de los artículos que incorpora el proyecto de ley sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, que tras ser aprobada en el Congreso quedó en condiciones de ser promulgada y convertirse en ley.

Así lo señaló el senador Alfonso De Urresti, quien valoró este «avance que establece la responsabilidad de los dueños de cuidar sus mascotas, identificarlas, proporcionarle alimento, albergue y buen trato, prohibiendo el sacrificio como método de control de población», informó.

Igualmente, el parlamentario enfatizó que «aunque aún falta por hacer en esta materia, sin duda que esta nueva ley es  importante y permitirá abordar un área que requería regulación. Hoy las mascotas son parte de la vida familiar, y sus dueños tienen obligaciones que se deben cumplir,  como también los municipios, que deberán dictar ordenanzas sobre tenencia responsable y cumplirlas», dijo De Urresti.

En este contexto, el senador destacó «el aporte del programa de  tenencia responsable que ha impulsado el gobierno (medida 27), y que a través de Subdere ha permitido a diversas comunas de nuestra región, como por ejemplo  Valdivia, Río Bueno, Panguipulli, Corral , Máfil, Futrono, acceder a planes de atención veterinaria, educación o esterilización».

Aspectos de la ley    

Define la tenencia responsable de mascotas o animales como el conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener una mascota o animal de compañía, y que consiste, entre otras, en registrarlo ante la autoridad competente cuando corresponda, proporcionarle alimento, albergue y buen trato, brindarle los cuidados veterinarios indispensables para su bienestar y no someterlo a sufrimientos a lo largo de su vida, además de respetar las normas de salud y seguridad pública que sean aplicables.

 

– Entrega a los órganos de la Administración del Estado y, en especial, a los Ministerios del Interior, de Salud y de Educación, dentro de sus respectivas competencias y con la colaboración de las respectivas Municipalidades, la promoción de la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía, a fin de asegurar su bienestar, la salud de las personas y la protección del medio ambiente.

 

– Cada municipalidad deberá dictar una ordenanza sobre la tenencia responsable de mascotas, la que se ajustará al reglamento que sobre la materia se dicte, prohibiéndose el sacrificio de animales como método de control de su población.

 

– El Ministerio del Interior y Seguridad Pública podrá priorizar la educación para la tenencia responsable de animales, a fin de controlar especialmente la población canina y felina, procurando, además, que para este efecto se apliquen otras medidas integrales de prevención, como el control sistemático de fertilidad de los mismos y de factores ambientales relacionados, y el registro e identificación de estos animales domésticos.

 

– Todo responsable de una mascota estará obligado, entre otros deberes, a la adecuada identificación de la misma y de su dueño y a su inscripción en el registro respectivo.

 

– Impone al Ministerio del Interior el deber de proporcionar una plataforma informática de registro e identificación de mascotas y animales de compañía, a la que accederán las municipalidades.

 

– Sanciona el abandono de animales, el que será considerado maltrato y crueldad animal, facultando a las municipalidades para rescatar a todo animal que no tenga identificación encontrado en sitios de uso público, con el objeto de entregarlos a alguna de las organizaciones de protección animal registradas legalmente, para que éstas procedan a sanitizarlos, esterilizarlos y reubicarlos al cuidado de alguna persona que asuma su tenencia responsable.

 

– Todo responsable de un animal deberá responder civilmente de los daños causados por éste, exceptuándose los casos de ejemplares caninos que causaren lesiones graves o dieren muerte así como el que ingresare a un domicilio sin autorización de los moradores ni justificación alguna o con el propósito de cometer delito.

 

– Obliga la incorporación al etiquetado de productos alimenticios para mascotas o animales de compañía, información sobre tenencia responsable y espacios para campañas de educación implementadas por el Ministerio de Salud.

 

– Agrega la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, multa de 10 a 30 UTM e inhabilidad absoluta perpetua para tenencia de animales, al que como resultado de la acción u omisión produjere al animal lesiones que menoscaben gravemente la integridad física o su muerte.

Por somosfutrono

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