La Directora Regional del Servicio de Impuestos Internos de la Región de Los Ríos, Jimena Castillo Bascuñan, informa que con fecha 01 de abril de 2020, fue publicado el Decreto de Hacienda Nº 420 de 30.03.20, que establece medidas de índole tributaria, para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación de la enfermedad COVID-19 en Chile.

Las medidas y procedimientos de índole tributaria que se informan son las siguientes:

Medidas tributarias para apoyar a las personas y a las Pymes

  • Suspensión de los pagos provisionales mensuales (PPM) del impuesto a la renta de empresas por los próximos 3 meses.
  • Postergación del pago del IVA de los próximos 3 meses para todas las empresas con ventas menores a UF 350.000 durante 2019, posibilitando su pago en 6 o 12 cuotas mensuales a tasa de interés real cero, dependiendo de su tamaño.
  • Anticipación de la devolución de impuesto a la renta que corresponde a las PyMes: las empresas PYME recibirán su devolución en el mes de abril. 
  • Postergación hasta julio de 2020 del pago de impuesto a la renta de las Pymes de acuerdo a lo que declaren en la operación renta de abril próximo
  • Postergación pago de contribuciones de abril para empresas con ventas inferiores a 350.000 UF y para personas con propiedades con avalúo fiscal inferior a $133 millones. La contribución postergada será pagada en tres cuotas, junto con las siguientes tres cuotas de contribución, con una tasa de interés real 0%. 
  • Liiberación transitoria a partir de abril del impuesto de timbres y estampillas a 0% para todas las operaciones de crédito durante los próximos 6 meses.
  • Medidas de alivio para el tratamiento de deudas tributarias con la Tesorería General de la República (TGR) focalizadas en las Pymes y personas de menores ingresos:  flexibilidad para celebrar convenios de pago de deuda tributarias con TGR, sin intereses, ni multas a partir de abril. 
  • Todos los gastos de las empresas asociados a enfrentar la contingencia sanitaria serán aceptados como gasto tributario.
  • Se otorgarán mayores flexibilidades en los plazos para presentar Declaraciones Juradas asociadas a la Operación Renta de este año.

Resumen de Vigencias

Medidas TributariasVigencia
Liberación de PPMs durante 3 mesesPPMs a pagar en abril, mayo y junio  2020
Postergación de IVA por 3 meses (ventas anuales < 350 mil UF)IVA a pagar en abril, mayo y junio  2020
Pago del IVA postergado en 6 o 12 cuotas (sin intereses ni multas)Desde julio de 2020
Devolución anticipada del impuesto a la Renta para PymesEn Operación Renta 2020
Postergación del pago del Impto.a la Renta de Pymes hasta julio 2020En Operación Renta 2020
Postergación de contribuciones (sujeto a elegibilidad)Cuota de contribuciones de abril  2020
Liberación Transitoria de Impto. de Timbres y Estampillas por 6 mesesDesde abril de 2020
Flexibilidad en Convenios de Pago con TGRDesde abril de 2020

Medidas de facilitación y prevención

Por su parte, para contribuir a prevenir el contagio del coronavirus COVID-19, el Servicio de Impuestos Internos está reforzando la realización de nuevos servicios y trámites en línea, evitando así que los contribuyentes deban asistir a sus oficinas. Para ello, se han implementado diversas medidas, las que se encuentran informadas en la página Web www.sii.cl, entre otras,

  • Autorización vía Internet de folios para las Boletas Exentas y Boletas Afectas.
  • Contribuyentes que se encuentre en un proceso de fiscalización, debe presentar los antecedentes solicitados por el SII a través del Expediente Electrónico, que se encuentra en el sitio personal del contribuyente MiSii, en sii.cl.
  • Además, los contribuyentes pueden acceder en forma sencilla a los trámites que pueden realizarse vía internet en http://www.sii.cl/destacados/tramites/tramites_online.html
  • Autorización en forma extraordinaria, para emisión de facturas electrónicas a contribuyentes de bajo riesgo de incumplimiento y con situaciones pendientes. 
  • Los contribuyentes con citaciones en estos días que no hayan podido asistir serán contactados para continuar el proceso de fiscalización a distancia, sin que quede registro de la inconcurrencia.

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