Parlamentario de la región de Los Ríos manifestó que se debe cumplir el estándar internacional en materia de consentimiento.

 

El pleno respeto a las comunidades indígenas y la necesidad que «el proceso de consentimiento cumpla con los estándares del derecho internacional en esta materia», son los principales requisitos que a juicio del senador Alfonso De Urresti, debe cumplir la construcción de la central hidroeléctrica Osorno en el río Pilmaiquén, en la región de Los Ríos.

 

Tras sostener una reunión con la Machi Millaray Huichalaf y conocer la visión planteada por la autoridad ancestral, con quien recorrió parte del sitio ceremonial que buscan resguardar las comunidades, el senador De Urresti manifestó que «la Central Osorno tiene que respetar a las comunidades indígenas», agregando que «este proyecto fue aprobado el año 2009 y aunque en esa fecha no entraba en vigencia el Convenio 169, igual debiera ser exigido o incorporado por la empresa noruega Statkraft que hoy está a su cargo, sostuvo.

 

Durante el encuentro la machi Millaray Huichalaf informó al senador que están a la espera de la respuesta de la Superintendencia de Medio Ambiente, instancia ante la cual presentaron reclamación, por las actas de consentimiento presentadas por la empresa, que son requisito previo para el inicio de obras de acuerdo a lo estipulado en la Resolución de Calificación ambiental (RCA).

 

«Hay cuestionamientos a estos documentos y esperamos que la instancia exija el cumplimiento de los estándares que hoy rigen a nivel internacional en materia de consentimiento, donde los procesos deben ser libres, sin presiones ni coerción, participativos, de acuerdo a sus costumbres y tradiciones, de buena fe, resguardando el principio precautorio, entre otros aspectos», dijo De Urresti.

 

El parlamentario manifestó que «estamos ante un proyecto que representa un mal ejemplo de cómo hacer las cosas. Aquí existe un sitio ceremonial y sagrado que va a ser inundado, intervenido, sin respetar la cosmovisión del pueblo mapuche, a través de un proceso efectuado hace siete años, sin estar vigente el convenio 169, lo que en la actualidad a los ojos del mundo es inconcebible», dijo De Urresti.

 

En este contexto, el parlamentario enfatizó que » la estatal noruega Statkraft tiene que cumplir en Chile las mismas responsabilidades que cumple en su país, porque dudo que un proyecto de estas características, con procesos tan cuestionados y que impactan el patrimonio inmaterial de un pueblo originario, fuera viable en dicha nación».

 

El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto «Central Hidroeléctrica Osorno» fue calificado favorablemente mediante Resolución Exenta N°3744, de fecha 30 de junio de 2009, de la Dirección Ejecutiva de la entonces Comisión Nacional de Medio Ambiente (CONAMA). No se aplicó el cumplimiento del Convenio N°169 de la OIT, Sobre Pueblos Indígenas y Tribales, dado que éste entró en vigencia en Chile en septiembre del año 2009, es decir, con posterioridad a la calificación del proyecto presentado por la eléctrica Pilmaiquén S.A.

 

Para la ejecución del proyecto, se requerían como requisito las actas de reunión de las 3 comunidades indígenas asociadas al sitio de significación cultural Kintuante. Estas fueron presentadas por la empresa el año 2014 y posteriormente las comunidades opositoras al proyecto junto a la Asociación del Consejo de Comunidades Indígenas de Río Bueno y sus autoridades ancestrales territoriales, Machi, Longko, Werken, Lawentuchefe, entre otros, efectuaron la denuncia y cuestionamiento de la legalidad de tales documentos ante la Superintendencia de Medio Ambiente, cuyo pronunciamiento aún esperan.

Por somosfutrono

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