La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio del Estado que reemplaza a los beneficios de vejez del Pilar Solidario, que será pagado mensualmente por el Instituto de Previsión Social (IPS) y al que podrán acceder todas las personas que cumplan los requisitos, independientemente de que continúen trabajando o de que reciban una pensión de algún régimen previsional (sea de capitalización individual o del antiguo sistema, con la excepción de las pensiones de Capredena y Dipreca).
Hasta el 31 de julio de 2022, los requisitos para acceder a la PGU serán los mismos que han estado vigentes para acceder a una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o a un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), establecidos en la Ley Nº 20.255. A partir del 1 de agosto de 2022, comenzarán a regir los requisitos permanentes de acceso al beneficio.
Todas las personas que actualmente poseen una PBSV o APSV, dejarán de percibirlas y serán traspasadas automáticamente a la PGU, sin necesidad de que hagan una solicitud o trámite adicional.
Lo anterior, con la excepción de las personas pensionadas de AFP (Retiro Programado) con APSV que reciben una Pensión Final Garantizada de monto mayor a la PGU. Durante mayo de 2022, el IPS les asignará informadamente al beneficio que resulte de mayor monto, comparando entre la PGU y el APSV, con derecho a revertir dicha asignación, por una sola vez, hasta abril de 2023.
El monto de este beneficio asciende a un máximo de $185.000, que se reajustará en julio de 2022 y todos los febrero, desde 2023.
En ese contexto el presidente de la república señaló;»Hoy empezamos a mejorar la calidad de vida de nuestros adultos mayores con el Inicio del pago de la PGU que reemplaza al antiguo pilar solidario».